Este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo al político Armando Río Píter para su libre consumo de marihuana.
Esto le permitirá a quien fuera aspirante a una candidatura presidencial independiente, comprar semillas, sembrarlas, crecer, preparar, traer consigo y transportar la planta, y podrá “realizar las actividades relacionadas con el autoconsumo con fines lúdicos o recreativos”.
Según el reporte del portal Animal Político, la primera sala de la SCJN emitió el amparo con cuatro votos a favor y uno en contra.

El amparo promovido por el ministro José Ramón Cossío apelaba a la inconstitucionalidad de algunos artículos de la Ley General de Salud, alegando que esta ley “limita indebidamente, entre otros, los derechos fundamentales a la identidad personal, propia imagen, libre desarrollo de la personalidad y autodeterminación”.
En un comunicado, la SCJN admitió que “los artículos […] que prohíben el consumo personal para fines lúdicos y recreativos de marihuana y otros actos correlativos, son inconstitucionales por limitar de forma innecesaria y desproporcionada el derecho al libre desarrollo de la personalidad”.
El amparo no avala la venta de semillas ni plantas de marihuana por parte de Ríos Píter, “en el entendido de que el ejercicio del derecho no debe perjudicar a terceros”.
Según dicho comunicado, a diferencia de los dos amparos anteriores (el primero concedido en noviembre de 2015 a cuatro miembros de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante, y el segundo a Ulrich Richter, en abril de este año), éste solicitó la autorización para la adquisición de la semilla de cannabis.
Con el fin de que la SCJN inicie un proceso que invalide la prohibición del consumo de la marihuana al declararla inconstitucional, todavía debe conceder dos amparos más.
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