República 32 te presenta todo lo que debes de saber sobre estas acciones que podrían cambiar por completo la Ley de Seguridad Interior, una de las banderas del presidente Enrique Peña Nieto.

¿Qué sucede?

  • El Instituto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales decidió esta tarde presentar una acción de inconstitucionalidad contra la polémica ley de seguridad interior. Esta legislación fue aprobada por el Congreso en diciembre pasado y da facultades de seguridad pública a las Fuerzas Armadas.
  • En específico el instituto va en contra de los artículos 9 y 31 de la criticada legislación, ya que los considera inconstitucionales.
  • El 9 porque viola el principio máxima publicidad establecido
  • El segundo porque vulnera la autonomía y esencia del INAI.
Francisco Javier Acuña Llamas, comisionado presidente del INAI, durante la sesión de hoy. Twitter/INAIMexico

¿Por qué importa?

  • El artículo 9 de la ley de seguridad interior contempla que toda la información que se genere por acciones relacionadas con esta legislación debe quedar bajo el apartado de seguridad nacional.
  • Esto significaría que los informes y datos quedarían reservados en su totalidad y no habría manera de que se conozcan de forma pública.
  • El INAI recordó que este artículo contrapone el principio constitucional que indica que toda la información es pública y sólo quedaría resguardada o embargada de manera excepcional.
  • El 31 estipula que las dependencias federales y los órganos autónomos, como el INAI, deberán entregar la información que les sea requerida por las autoridades que participen en la aplicación de la Ley de Seguridad Nacional.
  • Eso, podría interferir de manera preponderante o decisiva en la función del INAI, como organismo constitucionalmente autónomo, lo que atentaría contra su naturaleza jurídica.

Podría interesarte: Cholula reta a la ley de seguridad en la Corte

Contexto

  • La Ley de Seguridad Interior fue publicada el 21 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial de la Federación y varias instituciones, cómo el INAI, tienen hasta el 20 de enero para presentar todo tipo de impugnaciones.
  • El viernes pasado el municipio de Cholula fundamentó en al menos tres puntos su controversia constitucional contra la misma ley.
  • El municipio argumentó que la Constitución otorga a los municipios facultades para decidir sobre su seguridad pública, que el Presidente no puede dictar que las fuerzas armadas intervengan municipios sin mediación del ayuntamiento y que el ejército no puede desempeñar funciones de seguridad pública.
  • La controversia constitucional es diferente a la acción de inconstitucionalidad. La primera habla de invasión de atribuciones entre los poderes de la unión y la segunda una acusación de que una legislación determinada no se ajusta a los lineamientos de la Carta Magna.
  • La decisión final de las impugnaciones del INAI y el ayuntamiento poblano depende de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y podría tomar hasta 6 meses resolverla
  • Se espera que en los próximos días el comisionado presidente del INAI, Francisco Javier Acuña, entregue la acción de inconstitucionalidad en las instalaciones de la SCJN.

¿Qué dice el INAI?

«El Instituto reitera que el artículo 9º de la Ley de Seguridad Interior trasgrede los principios de máxima publicidad, de temporalidad en la reserva y de progresividad, los cuales deben imperar para el ejercicio del derecho humano de acceso a la información».

Todos los integrantes del consejo consultivo y los consejeros del instituto participaron en la decisión, quienes aseguraron y coincidieron que debe cambiarse la esencia de este apartado.

Además, el órgano indicó que han encontrado otras imprecisiones en la ley que deben ajustarse antes de su implementación, pero no precisó cuáles.

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *